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Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Educación y Ciencia · Publicada el 25 de mayo de 2007 · Último cambio el 5 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Definición.
- Artículo 2. Finalidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 3. Objetivos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 5. Estructura de los títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 6. Ciclos formativos de artes plásticas y diseño.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Establecimiento de las enseñanzas mínimas.
- Artículo 8. Módulo de obra final y módulo de proyecto integrado.
- Artículo 9. Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.
- Artículo 10. Módulo de formación y orientación laboral.
- Artículo 11. Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
- Artículo 12. Accesibilidad universal.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Establecimiento del currículo de los ciclos formativos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 14. Requisitos de acceso a las enseñanzas de profesionales de artes plásticas y diseño. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 15. Exenciones de la prueba específica de acceso a los grados medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 16. Acceso sin requisitos académicos al grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 17. Regulación y validez de las pruebas de acceso.
- Artículo 18. Reserva de plazas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 19. Evaluación y promoción en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 20. Documentos básicos de evaluación y movilidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Artículo 21. Procedimiento para la movilidad.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 22. Efectos de los títulos. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 23. Convalidación de módulos formativos. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 24. Exención de módulos formativos y de la fase de formación práctica por su correspondencia con la experiencia laboral.
- Artículo 25. Convalidaciones de módulos formativos de ciclos formativos de grado medio con materias de bachillerato. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Artículo 26. Convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño y las enseñanzas de Formación Profesional y otras enseñanzas de régimen especial.
- Artículo 27. Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas superiores no universitarias.
- Artículo 28. Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas universitarias.
- Disposición adicional primera. Medidas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Disposición adicional segunda. Acreditación de condiciones de acceso del alumnado a determinadas enseñanzas artísticas profesionales.
- Disposición adicional tercera. Cursos de especialización.
- Disposición adicional cuarta. Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso.
- Disposición adicional quinta. Revisión y actualización de los títulos. 2 redacciones · cambió el 27/07/2022
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Equivalencia entre los actuales títulos de Técnico y Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño y las nuevas titulaciones.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


