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Legislación › Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

Artículo 127. Facultades de inspección.

Artículo 127. Facultades de inspección.

La Consejería competente en materia de Hacienda, a través de la Intervención General, podrá inspeccionar las operaciones o inversiones financiadas con créditos avalados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para comprobar su aplicación y rentabilidad, dando cuenta de los resultados al Consejo de Gobierno.

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