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Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 7 de junio de 2007 · Último cambio el 29 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no 6 redacciones · cambió el 29/09/2021
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Articulo 1. Objeto.
- Articulo 2. Beneficiarios.
- Articulo 3. Subvenciones y cuantías de las mismas.
- Articulo 4. Obligaciones del beneficiario.
- Artículo 5. Financiación.
- Artículo 6. Procedimiento de concesión.
- Artículo 7. Concurrencia de subvenciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Ámbito de aplicación. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 9. Requisitos de los beneficiarios. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 10. Subvenciones, cuantías y requisitos para su concesión. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 11. Solicitud, instrucción y tramitación. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 12. Plazos de solicitud. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 13. Resolución. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 14. Justificación y pago de la subvención. 4 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Artículo 15. Modificación de la resolución de concesión.
- Artículo 16. Régimen de compatibilidad.
- Artículo 17. Seguimiento, control y régimen sancionador.
- Artículo 18. Reintegro de las subvenciones.
- Disposición adicional primera. Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional segunda. Seguimiento y evaluación.
- Disposición adicional tercera. Suministro de información.
- Disposición adicional cuarta. Cofinanciación por el Fondo Social Europeo. 2 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Disposición adicional quinta. Régimen de mínimis. 2 redacciones · cambió el 01/10/2018
- Disposición transitoria única. Procedimientos en vigor.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Normativa aplicable.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


