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Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico de la Comunidad de Madrid.

Artículo 5. Obligaciones de las empresas distribuidoras y transportistas.

Artículo 5. Obligaciones de las empresas distribuidoras y transportistas.

Las empresas distribuidoras y transportistas son las responsables de mantener la garantía del suministro en los términos establecidos en la presente Ley y en su desarrollo reglamentario.

Se modifica por el art. único.3 de la Ley 4/2007, de 13 de diciembre. BOE-A-2008-3873.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de diciembre de 2007 En vigor BOE-A-2008-3873 Leer Qué cambió
17 de abril de 2007 Texto original Leer

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