Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico de la Comunidad de Madrid.
Artículo 5. Obligaciones de las empresas distribuidoras y transportistas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de abril de 2007 y la del 29 de diciembre de 2007.
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Artículo 5. Obligaciones de las empresas distribuidoras. distribuidoras y transportistas.
Las empresas distribuidoras y transportistas son las responsables de mantener la garantía del suministro en los términos establecidos en la presente Ley y en su desarrollo reglamentario.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2007 En vigor | BOE-A-2008-3873 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 2007 | Texto original | Leer |


