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Legislación › Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

Artículo 13. Justificación de las cuotas, aportaciones y donaciones efectuadas.

Artículo 13. Justificación de las cuotas, aportaciones y donaciones efectuadas.

La aplicación del régimen tributario establecido en el artículo anterior estará condicionada a que la persona física disponga del documento acreditativo de la aportación, donación o cuota satisfecha al partido político perceptor.

Se modifica por el art. 1.9 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. BOE-A-2015-3441.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2015-3441 Leer Qué cambió
6 de julio de 2007 Texto original Leer

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