Legislación › Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
Disposición adicional novena.
Disposición adicional novena.
Los límites cuantitativos previstos en los artículos 4, apartado cuatro, y 5 de la presente Ley se actualizarán cada año de conformidad con el incremento del índice de precios al consumo.
Se modifica por el art. 11 de la Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre. BOE-A-2012-13123.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de octubre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-13123 | Leer | Qué cambió |
| 6 de julio de 2007 | Texto original | Leer |
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