Legislación › Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
Disposición adicional novena.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de julio de 2007 y la del 23 de octubre de 2012.
Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Disposición adicional novena.
El límite cuantitativo previsto Los límites cuantitativos previstos en el artículo 5.º2 los artículos 4, apartado cuatro, y 5 de la presente Ley se actualizará actualizarán cada año de conformidad con el incremento del índice de precios al consumo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de octubre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-13123 | Leer | Qué cambió |
| 6 de julio de 2007 | Texto original | Leer |
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