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Legislación › Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social.

Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social.

La afiliación al sistema de la Seguridad Social es obligatoria para los trabajadores autónomos o por cuenta propia, y única para su vida profesional, sin perjuicio de las altas y bajas en los distintos regímenes que integran el sistema de Seguridad Social, así como de las demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la afiliación.

Téngase en cuenta que esta última actualización por el art. 3.2, del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. BOE-A-2022-12482, entrará en vigor el 1 de enero de 2023, según establece su disposición final 5

Redacción anterior*:

"La afiliación al sistema de la Seguridad Social es obligatoria para los trabajadores autónomos o por cuenta propia, y única para su vida profesional, sin perjuicio de las altas y bajas en los distintos regímenes que integran el sistema de Seguridad Social, así como de las demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la afiliación.

Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos".

 

*Téngase en cuenta que se aplaza la entrada en vigor de lo previsto en el segundo párrafo, en la redacción dada por la Ley 27/2011, de 1 de agosto. BOE-A-2011-13242, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según establece la disposición adicional 105 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-21653

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 3.2, del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. BOE-A-2022-12482

Se aplaza la entrada en vigor de lo previsto en el segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según establece la disposición adicional 105 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-21653

Se aplaza la entrada en vigor de lo previsto en el segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según se establece en la disposición adicional 126 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. BOE-A-2020-17339

Se aplaza la entrada en vigor de lo previsto en el segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según se establece en la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2018-17992

Se aplaza la entrada en vigor de lo previsto en el segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según se establece en la disposición adicional 126 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. BOE-A-2018-9268

Se suspende la aplicación hasta el 1 de enero de 2019 del segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, por la disposición final 17.1 de la Ley 3/2017, de 27 de junio. BOE-A-2017-7387

Se añade el párrafo segundo, con efectos de 1 de enero de 2017, por la disposición final 10.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto. BOE-A-2011-13242.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2022-12482 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2021-21653 Leer Qué cambió
1 de enero de 2021 BOE-A-2020-17339 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2018-17992 Leer Qué cambió
5 de julio de 2018 BOE-A-2018-9268 Leer Qué cambió
29 de junio de 2017 BOE-A-2017-7387 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 BOE-A-2011-13242 Leer Qué cambió
12 de octubre de 2007 Texto original Leer

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