Legislación › Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 29 de junio de 2017.
Tachado: lo que se quitó (24 palabras). Subrayado: lo que se añadió (38 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social.
La afiliación al sistema de la Seguridad Social es obligatoria para los trabajadores autónomos o por cuenta propia, y única para su vida profesional, sin perjuicio de las altas y bajas en los distintos regímenes que integran el sistema de Seguridad Social, así como de las demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la afiliación.
Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos.
Téngase en cuenta que el párrafo segundo, añadido por la disposición final 10.2 de la Ley 27/2011, de 1 no será de agosto, entra en vigor aplicación hasta el 1 de enero de 2017, 2019 lo previsto en el segundo párrafo, en todo lo relativo a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial, según se establece en la disposición final duodécima.1.d) 17.1 de la citada Ley. BOE-A-2011-13242. Ley 3/2017, de 27 de junio. BOE-A-2017-7387
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-12482 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2021-21653 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2021 | BOE-A-2020-17339 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2018-17992 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 2018 | BOE-A-2018-9268 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 2017 | BOE-A-2017-7387 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2011-13242 | Leer | Qué cambió |
| 12 de octubre de 2007 | Texto original | Leer |


