Legislación › Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña.
Artículo 14. Procesos selectivos, provisión de puestos de trabajo y condiciones de trabajo.
Artículo 14. Procesos selectivos, provisión de puestos de trabajo y condiciones de trabajo.
1. Corresponde a la Agencia Tributaria de Cataluña, previo informe no vinculante del departamento competente en materia de función pública, la convocatoria y resolución de los procesos de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos tributarios que tiene adscritos.
2. Los órganos competentes de la Agencia Tributaria de Cataluña diseñan el plan anual de formación del personal adscrito a la misma, y pueden firmar convenios con dicho objeto con otras entidades, sin perjuicio de las competencias de la Escuela de Administración Pública de Cataluña o del departamento competente en materia de finanzas.
3. El presidente o presidenta de la Agencia Tributaria de Cataluña establece, a propuesta del director o directora, el régimen de prestación de servicios y las demás condiciones laborales del personal al servicio de la Agencia.
Se modifica por el art. 2 de la Ley 9/2015, de 12 de junio. BOE-A-2015-7397.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-7397 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


