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Legislación › Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Artículo 14. Procesos selectivos, provisión de puestos de trabajo y condiciones de trabajo.

Artículo 14. Procesos selectivos, provisión de puestos de trabajo y condiciones de trabajo.

1. Corresponde a la Agencia Tributaria de Cataluña, previo informe no vinculante del departamento competente en materia de función pública, la convocatoria y resolución de los procesos de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos tributarios que tiene adscritos.

2. Los órganos competentes de la Agencia Tributaria de Cataluña diseñan el plan anual de formación del personal adscrito a la misma, y pueden firmar convenios con dicho objeto con otras entidades, sin perjuicio de las competencias de la Escuela de Administración Pública de Cataluña o del departamento competente en materia de finanzas.

3. El presidente o presidenta de la Agencia Tributaria de Cataluña establece, a propuesta del director o directora, el régimen de prestación de servicios y las demás condiciones laborales del personal al servicio de la Agencia.

Se modifica por el art. 2 de la Ley 9/2015, de 12 de junio. BOE-A-2015-7397.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-7397 Leer Qué cambió
24 de julio de 2007 Texto original Leer

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