Legislación › Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Artículo 35. Empresas instaladoras y empresas mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios.
Artículo 35. Empresas instaladoras y empresas mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios.
1. Empresa instaladora de instalaciones térmicas en edificios es la persona física o jurídica que realiza el montaje y la reparación de las instalaciones térmicas en el ámbito de este RITE.
2. Empresa mantenedora de instalaciones térmicas en edificios es la persona física o jurídica que realiza el mantenimiento y la reparación de las instalaciones térmicas en el ámbito de este RITE.
Se modifica por el art. 2.13 del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo. BOE-A-2010-4514.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4514 | Leer | Qué cambió |
| 29 de febrero de 2008 | Texto original | Leer |


