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Legislación › Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Artículo 35. Empresas instaladoras y empresas mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de febrero de 2008 y la del 19 de marzo de 2010. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (36 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 35. Empresas instaladoras autorizadas. y empresas mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios.
1. Empresa instaladora autorizada de instalaciones térmicas en edificios es la persona física o jurídica que realiza el montaje y la reparación de las instalaciones térmicas en el ámbito de este RITE.
2. Para el ejercicio de esta actividad, deben, además Empresa mantenedora de haber sido autorizadas para ello, encontrarse inscritos instalaciones térmicas en edificios es la persona física o jurídica que realiza el Registro mantenimiento y la reparación de empresas instaladoras autorizadas, las instalaciones térmicas en el órgano competente ámbito de la Comunidad Autónoma donde radique su sede social. este RITE.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-4514 Leer Qué cambió
29 de febrero de 2008 Texto original Leer

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