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Legislación › Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

Artículo 16. Actitudes.

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Artículo 16. Actitudes.
La Administración educativa gallega, en colaboración con el departamento competente en materia de igualdad, impulsará la realización de actividades dirigidas a la comunidad escolar para la prevención de comportamientos y actitudes sexistas y de la violencia de género, con especial atención a la violencia de género digital, destinadas a ahondar profundizar en las estrategias para el análisis y resolución de los conflictos, así como en el aprendizaje de la convivencia basada en el respeto a todas las personas, garantizando y fomentando actitudes, valores y capacidades que contribuyan a un pleno desarrollo en igualdad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2022-3412 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2007 Texto original Leer

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