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Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 20 de septiembre de 2007 · Último cambio el 30 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 28/07/2021
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Formas de violencia de género. 5 redacciones · cambió el 30/12/2022
  6. Artículo 4. Principios generales.
  7. Artículo 5. Acreditación de la situación de violencia de género. 2 redacciones · cambió el 28/07/2021
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Diseño, elaboración y difusión de campañas. 2 redacciones · cambió el 13/12/2021
  11. Artículo 7. Fomento del movimiento asociativo.
  12. Artículo 8. Actividades culturales y artísticas.
  13. Artículo 9. Tratamiento de la información.
  14. Artículo 10. Convenios de autorregulación.
  15. Artículo 11. Contenidos y publicidad en relación con la violencia de género.
  16. CAPÍTULO II
  17. Artículo 12. Potenciación de la investigación sobre la violencia de género. 2 redacciones · cambió el 13/12/2021
  18. Artículo 13. Registros administrativos.
  19. Artículo 14. Formación en las universidades.
  20. Artículo 15. Formación de la totalidad de las y los profesionales.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 16. Actitudes. 2 redacciones · cambió el 13/12/2021
  23. Artículo 17. Escolarización inmediata en caso de violencia de género.
  24. Artículo 18. Edición y adaptación de materiales.
  25. Artículo 19. Revisión y adaptación del currículo educativo.
  26. Artículo 20. Planes de acción tutorial.
  27. Artículo 21. Proyectos educativos y curriculares de centro.
  28. Artículo 22. Consejos escolares y Consejo Escolar de Galicia.
  29. Artículo 23. Inspección educativa.
  30. TÍTULO II
  31. CAPÍTULO I
  32. Artículo 24. Derecho a la atención sanitaria.
  33. Artículo 25. Atención psicológica.
  34. Artículo 26. Protocolo de actuación.
  35. Artículo 27. Registro de casos.
  36. CAPÍTULO II
  37. Artículo 28. Atención jurídica.
  38. Artículo 29. Asistencia letrada.
  39. Artículo 30. Ejercicio de la acción popular.
  40. Artículo 31. Personación de la Xunta de Galicia en los procedimientos penales iniciados por causas de violencia de género.
  41. Artículo 32. Intervención de la administración.
  42. CAPÍTULO III
  43. Artículo 33. Diseño e implantación de dispositivos de alarma.
  44. Artículo 34. Programas de intervención con hombres en relación con la violencia de género.
  45. CAPÍTULO IV
  46. Artículo 35. Medidas específicas en el ámbito de la formación y el empleo.
  47. Artículo 36. Planes de igualdad en las empresas.
  48. Artículo 37. Obligación de confidencialidad en el ámbito laboral.
  49. CAPÍTULO V
  50. Artículo 38. Valoración de rentas.
  51. Artículo 39. Prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género. 3 redacciones · cambió el 30/12/2022
  52. Artículo 40. Otras prestaciones.
  53. Artículo 41. Procedimiento abreviado para la percepción de la renta de integración social de Galicia.
  54. Artículo 42. Ayudas escolares.
  55. Artículo 43. Fondo Gallego de Garantía de Indemnizaciones.
  56. Artículo 44. Derecho de acceso a la vivienda.
  57. Artículo 45. Acceso prioritario a las viviendas de promoción pública.
  58. Artículo 46. Equipamientos sociales especializados.
  59. TÍTULO III
  60. Artículo 47. Criterios básicos.
  61. Artículo 48. Red gallega de acogida.
  62. Artículo 49. Creación del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que Sufren Violencia de Género.
  63. Artículo 50. Red de información a las mujeres.
  64. Artículo 51. Servicio de Atención 24 horas.
  65. Artículo 52. Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección.
  66. Artículo 53. Puntos de encuentro familiar.
  67. Artículo 54. Creación de oficinas de atención a las víctimas de los delitos.
  68. Artículo 55. Titularidad y gestión de los servicios.
  69. Artículo 56. Confidencialidad de la información.
  70. Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 4/2001, de 31 de mayo, reguladora de la mediación familiar.
  71. Disposición adicional segunda. Acuerdos interinstitucionales e instrumentos de colaboración. 2 redacciones · cambió el 13/12/2021
  72. Disposición adicional tercera. Competencias en materia de violencia de género de la Policía de Galicia.
  73. Disposición adicional cuarta. Información al Parlamento. 2 redacciones · cambió el 26/07/2016
  74. Disposición adicional quinta. Creación del Consejo Gallego de las Mujeres. 2 redacciones · cambió el 17/02/2016
  75. Disposición adicional sexta. Creación del Observatorio Gallego de la Violencia de Género.
  76. Disposición adicional séptima. Creación de la Comisión Interdepartamental de Igualdad. 2 redacciones · cambió el 17/02/2016
  77. Disposición adicional octava. Informes sobre el grado de desarrollo y repercusiones económicas de la presente ley.
  78. Disposición adicional novena. Modificación de la Ley 9/1991, de 2 de octubre, gallega de medidas básicas para la inserción social.
  79. Disposición adicional décima. Dotación presupuestaria.
  80. Disposición derogatoria única.
  81. Disposición final primera. Habilitación normativa.
  82. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  83. Firma