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Legislación › Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

Disposición adicional séptima. Creación de la Comisión Interdepartamental de Igualdad.

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Disposición adicional séptima. Creación de la Comisión Interdepartamental de Igualdad.
1. Se creará la Comisión Interdepartamental de Igualdad como órgano colegiado e institucional de Galicia, a la que corresponderán, entre otras, las funciones de seguimiento de la aplicación de la presente ley y de los correspondientes planes para la igualdad de oportunidades y de lucha contra la violencia de género.
Igualmente, será objeto de esta comisión adaptar el plan de etapas de aplicación de la presente ley a las cuantías presupuestarias anuales consignadas para su desarrollo en las leyes de presupuestos de cada ejercicio.
2. Las restantes funciones, régimen de funcionamiento, composición y adscripción se establecerán reglamentariamente.
(Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2015-90667 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2007 Texto original Leer

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