Legislación › Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra.
Disposición final cuarta. Nueva redacción del artículo 35.II.14 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril.
Disposición final cuarta. Nueva redacción del artículo 35.II.14 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril.
El artículo 35.II.14 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, queda redactado del siguiente modo:
«14. La Disposición Adicional Tercera de la Ley Foral reguladora del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra.»
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