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Legislación › Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

Artículo 42. Competencia específica.

Artículo 42. Competencia específica.

Los planes territoriales que se aprueben en desarrollo de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears podrán asignar la ejecución y gestión de una parte del territorio a una mancomunidad cuando el objetivo del plan esté comprendido entre las finalidades y competencias de ésta.

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