Legislación › Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Artículo 43. Derecho de asociación mediante consorcios.
Artículo 43. Derecho de asociación mediante consorcios.
Los municipios pueden asociarse con otros entes locales entre sí o con otras administraciones públicas para constituir consorcios locales, a fin de realizar obras, actividades o prestar servicios que sean competencia de los entes locales.


