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Legislación › Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.

Disposición adicional sexta. Funcionalidades y operativa de Nodo SNSFarma.

Disposición adicional sexta. Funcionalidades y operativa de Nodo SNSFarma.

En el supuesto de que no se logre alcanzar un acuerdo para la integración del Nodo SNSFarma en el repositorio nacional en los términos previstos en el artículo 84.3, y con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa europea sobre verificación y autenticación de los medicamentos de uso humano, el Ministerio de Sanidad podrá establecer las funcionalidades y operativa para la puesta en marcha del Nodo SNSFarma mediante orden ministerial.

Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 468/2026, de 10 de junio. BOE-A-2026-12611

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-12611 Leer Qué cambió
18 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-9638 Leer

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