Legislación › Convenio Internacional del Aceite de Oliva y las Aceitunas de Mesa, 2005, hecho en Ginebra el 29 de abril de 2005.
Artículo 16. Fondos administrativos.
Artículo 16. Fondos administrativos.
Además de los presupuestos a que se refiere el artículo 15, el Consejo Oleícola Internacional podrá dotarse de los fondos administrativos previstos en su Reglamento Interno.


