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Legislación › Convenio Internacional del Aceite de Oliva y las Aceitunas de Mesa, 2005, hecho en Ginebra el 29 de abril de 2005.

Artículo 31. Sello de garantía internacional del Consejo Oleícola Internacional.

Artículo 31. Sello de garantía internacional del Consejo Oleícola Internacional.

El Consejo de Miembros podrá adoptar disposiciones con vistas a la aplicación del sello de garantía internacional del Consejo Oleícola Internacional que garantice el cumplimiento de las normas internacionales del Consejo Oleícola Internacional.

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