Legislación › Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Disposición transitoria sexta. Ascensos en reserva.
Disposición transitoria sexta. Ascensos en reserva.
Los tenientes coroneles, los comandantes y los capitanes que pasen a la situación de reserva a partir de la entrada en vigor de esta ley, pertenezcan a una escala en la que exista el empleo de coronel, no tengan limitación legal para ascender, y cumplan antes del 30 de junio de 2019 diez años en su empleo, computando el tiempo en reserva, podrán obtener, si lo solicitan, el empleo de coronel, teniente coronel o comandante, respectivamente. Se les concederá en la reserva con efectos de 1 de julio siguiente a la fecha en que reúnan las condiciones.
Se modifica por el art. único.14 de la Ley 46/2015, de 14 de octubre. BOE-A-2015-11073.
Se modifica por la disposición adicional 62.3 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-20765.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11073 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2010 | BOE-A-2009-20765 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición transitoria séptima →


