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Legislación › Ley 14/2007, de 30 de octubre, por la que se crea y regula el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

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Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral.
En el plazo de un mes desde la publicación de la presente ley habrá de constituirse conforme a la misma el Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral, quedando en ese momento disuelto el Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral creado por Decreto 200/2004 y modificado por Decreto 539/2005.
Los comités provinciales regulados en los anteriores decretos el Decreto 200/2004, de 29 de julio, por el que se crea el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral y se regula el Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral, continuarán existiendo hasta lo que disponga al efecto el reglamento de régimen orgánico y funcional un decreto del instituto. Consejo de la Xunta, a propuesta de la consejería con competencias en materia de trabajo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-1753 Leer Qué cambió
15 de noviembre de 2007 Texto original Leer

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