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Legislación › Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego.

Artículo 46. Prescripción de las sanciones.

Artículo 46. Prescripción de las sanciones.

1. Las sanciones por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.

2. El plazo de prescripción comenzará a contar desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

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