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Legislación › Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Artículo 78. Tasa de aproximación.

Artículo 78. Tasa de aproximación.

No obstante lo dispuesto en el artículo 74, con efectos de 1 de enero de 2008 y vigencia indefinida, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,03 las cuantías exigibles en el año 2007 de la tasa de aproximación, regulada en el artículo 22 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre.

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