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Legislación › Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Disposición adicional quincuagésima séptima. Indemnizaciones por terrorismo.

Disposición adicional quincuagésima séptima. Indemnizaciones por terrorismo.

1. El personal incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto-Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, que sea objeto de un atentado terrorista, será indemnizado conforme a lo establecido en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo.

2. Lo previsto en el apartado anterior será de aplicación a las víctimas de atentados acaecidos a partir del 10 de noviembre de 2004.

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