Legislación › Real Decreto
Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
En vigor Ministerio de Medio Ambiente · Publicada el 3 de febrero de 2007 · Último cambio el 29 de agosto de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Disposiciones generales.
- Artículo 2. Delimitación del ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias situadas en territorio español. 5 redacciones · cambió el 29/08/2015
- Artículo 3. Delimitación de la parte española de las Demarcaciones Hidrográficas correspondientes a las cuencas hidrográficas compartidas con otros países. 2 redacciones · cambió el 15/01/2011
- Disposición adicional primera. Cooperación con Portugal.
- Disposición adicional segunda. Cooperación con Francia.
- Disposición adicional tercera. Cooperación con Andorra.
- Disposición adicional cuarta. Cooperación con Marruecos.
- Disposición adicional quinta. Delimitación de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
- Disposición adicional sexta. Coordinación de la planificación y gestión del agua en la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
- Disposición adicional séptima. Cooperación con la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Disposición adicional octava. Coordinación entre Organismos de cuenca.
- Disposición transitoria única. Adscripción provisional de las cuencas no traspasadas.
- Disposición transitoria primera. Adscripción provisional de las cuencas no traspasadas.
- Disposición transitoria segunda. Adscripción provisional de las cuencas no traspasadas de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los organismos de cuenca y de los planes hidrológicos.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


