Legislación › Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Artículo 11. El/La director/a general.
Artículo 11. El/La director/a general.
1. La Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública será ejercida, por razón de cargo, por la persona titular de la dirección general con competencias en materia de emergencias e interior.
2. Bajo la dependencia del director general de la Academia habrá un secretario general, que percibirá las retribuciones correspondientes a una subdirección general y será nombrado por el Consejo Rector de la Academia Gallega de Seguridad Pública a propuesta del director general. Cesará en su cargo por el mismo procedimiento.
Se modifica por la disposición final 3.2 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-1586.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de febrero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-1586 | Leer | Qué cambió |
| 24 de enero de 2007 | Texto original | Leer |


