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Legislación › Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Artículo 90. Habilitación legal para la creación de deuda.

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Artículo 90. Creación Habilitación legal para la creación de Deuda. deuda.
1. La creación de Deuda deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias habrá de ser autorizada por ley. A tal efecto, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias establecerá el límite máximo del saldo vivo Canarias, de acuerdo con la Deuda normativa aplicable en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, establecerá para cada ejercicio presupuestario, al que se ajustarán presupuestario el importe máximo autorizado de las operaciones financieras que impliquen creación de Deuda. deuda.
2. Dentro del límite máximo al que hace referencia el apartado anterior, En desarrollo de la autorización legal de creación de deuda para un año, corresponderá al Gobierno, a propuesta del consejero competente en materia de Hacienda, aprobar en el primer trimestre del año, el programa de endeudamiento en el que se contendrán, al menos:
a) Las previsiones del producto de las operaciones financieras y las amortizaciones previstas.
b) La situación prevista a final de año.
c) Condiciones esenciales
hacienda disponer la creación de las operaciones.
3. Los entes con presupuesto limitativo, distintos
deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, no podrán concertar operaciones de endeu­damiento, salvo que la ley, ante la especial naturaleza de las condiciones y actividad a realizar, autorice la suscripción de dichas operaciones, las cuales se efectuarán en los términos y con el límite que se establezca en el programa de endeudamiento. En ese caso, las competencias señaladas en el apartado anterior se entenderán referidas al presidente o director del organismo correspondiente, requiriéndose informe previo, de carácter vinculante, del departamento con competencias en materia de Hacienda. Canarias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11996 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 Texto original Leer

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