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Legislación › Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes, respectivamente, a actividades económicas en estimacion directa y a actividades económicas en estimación objetiva, el modelo 310 de declaración ordinaria para la autoliquidaciòn del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se determinan el lugar y forma de presentación de los mismos y se modifica en materia de domiciliación bancaria la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre.

Artículo 3. Aprobación del modelo 131.

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Artículo 3. Aprobación del modelo 131.
Se aprueba el modelo 131. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Actividades económicas en estimación objetiva. Pago fraccionado. Declaración. Autoliquidación.
Dicho modelo, que figura como anexo II de la presente orden, consta de los dos ejemplares siguientes:
Ejemplar para el contribuyente. declarante.
Ejemplar para la Entidad colaboradora –AEAT. colaboradora-AEAT.
El número de justificante que habrá de figurar en este modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 131. No obstante, en el supuesto a que se refiere el artículo 4 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, el número de justificante comenzará con el código 135.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de febrero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1656 Leer Qué cambió
23 de marzo de 2007 Texto original Leer

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