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Legislación › Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes, respectivamente, a actividades económicas en estimacion directa y a actividades económicas en estimación objetiva, el modelo 310 de declaración ordinaria para la autoliquidaciòn del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se determinan el lugar y forma de presentación de los mismos y se modifica en materia de domiciliación bancaria la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre.

Artículo 6. Obligados a presentar el modelo 310.

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Artículo 6. Obligados a presentar el modelo 310.
El modelo 310 deberá ser utilizado por los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que ejerzan exclusivamente actividades por las que deban presentar declaración por dicho impuesto, que tributen en el régimen simplificado, para realizar las declaraciones ordinarias de dicho régimen correspondientes a los tres primeros trimestres del año natural. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de noviembre de 2013 En vigor BOE-A-2013-12489 Leer Qué cambió
23 de marzo de 2007 Texto original Leer

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