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Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.

Artículo 33. Inicio del derecho y forma de pago.

Artículo 33. Inicio del derecho y forma de pago.

1. La prestación se devengará a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud.

2. El pago de la Renta Social Básica se efectuará por mensualidades vencidas.

Se modifica el apartado 1 por el art. 17.4 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-478.

Se modifica el apartado 1 por el art. 25.2 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2015-685.

Se modifica el apartado 1 por el art. 18.8 de la Ley 2/2012, de 30 de mayo. BOE-A-2012-7709.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-478 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-685 Leer Qué cambió
2 de junio de 2012 BOE-A-2012-7709 Leer Qué cambió
3 de julio de 2007 Texto original Leer

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