Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.
Artículo 33. Inicio del derecho y forma de pago.
Artículo 33. Inicio del derecho y forma de pago.
1. La prestación se devengará a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud.
2. El pago de la Renta Social Básica se efectuará por mensualidades vencidas.
Se modifica el apartado 1 por el art. 17.4 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-478.
Se modifica el apartado 1 por el art. 25.2 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2015-685.
Se modifica el apartado 1 por el art. 18.8 de la Ley 2/2012, de 30 de mayo. BOE-A-2012-7709.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-478 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-685 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2012 | BOE-A-2012-7709 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


