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Legislación › Real Decreto 445/2007, de 3 de abril, por el que se establecen medidas de lucha contra la influenza aviar.

Artículo 36. Investigación de una presunta IAAP en mataderos y en medios de transporte.

Artículo 36. Investigación de una presunta IAAP en mataderos y en medios de transporte.

Cuando se sospeche o se confirme la IAAP en mataderos o medios de transporte, las autoridades competentes pondrán inmediatamente en marcha una investigación en la explotación de origen de las aves de corral u otras aves cautivas, siguiendo el manual de diagnóstico, para confirmarla o descartarla.

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