Legislación › Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 6. Escalas de los cuerpos generales.
Artículo 6. Escalas de los cuerpos generales.
En los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears existen las siguientes escalas:
a) Cuerpo superior:
– Escala de inspección de tributos.
– Escala de administración económico-financiera.
b) Cuerpo de gestión:
– Escala de subinspección de tributos.
– Escala de gestión económico-financiera.
Se modifica la letra a) por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio. BOE-A-2022-13798
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de junio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-13798 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


