Legislación › Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 6. Escalas de los cuerpos generales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 2007 y la del 16 de junio de 2022.
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Artículo 6. Escalas de los cuerpos generales.
En los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears existen las siguientes escalas:
a) Cuerpo superior:
Escala de intervención. – Escala de inspección de tributos.
– Escala de administración económico-financiera.
b) Cuerpo de gestión:
– Escala de subinspección de tributos.
– Escala de gestión económico-financiera.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de junio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-13798 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


