LexTotal

Legislación › Ley 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales.

Artículo 18. Clasificación.

Artículo 18. Clasificación.

A los efectos de la presente Ley, y en atención a la gestión y aprovechamiento de los recursos piscícolas, las aguas continentales se clasifican en:

a) Aguas vedadas.

b) Aguas acotadas.

c) Aguas libres.

← Artículo 17 Índice Artículo 19 →