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Legislación › Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Artículo 117. Medios materiales y apoyos.

Artículo 117. Medios materiales y apoyos.

1. Los centros docentes que atiendan alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo dispondrán de los medios, de los avances técnicos y de los recursos específicos que permitan garantizar la escolarización de este alumnado en condiciones adecuadas.

2. Estos centros recibirán, asimismo, una atención preferente de los servicios de apoyo a la educación.

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