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Legislación › Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Artículo 118. Centros privados concertados.

Artículo 118. Centros privados concertados.

La Administración educativa financiará la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros privados concertados, mediante la concertación de unidades de apoyo a la integración o de educación especial.

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