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Legislación › Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Artículo 153. Finalidades y ámbitos de la evaluación.

Artículo 153. Finalidades y ámbitos de la evaluación.

1. La evaluación del sistema educativo andaluz se orienta a la mejora permanente del mismo y al aprendizaje satisfactorio y relevante del alumnado que contribuya al éxito escolar de este.

2. La evaluación del sistema educativo andaluz se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y resultados del alumnado, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspección, los servicios de apoyo a la educación y la propia Administración educativa.

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