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Legislación › Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).

Disposición transitoria segunda. Primera elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA.

Disposición transitoria segunda. Primera elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA.

En la primera elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA conforme a lo establecido en esta Ley, si no se dispusiera su elección, de acuerdo con lo previsto en su artículo 18.1, en el plazo de un mes, contado desde la primera votación efectuada en Pleno del Parlamento de Andalucía, se procederá a su elección por mayoría absoluta.

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