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Legislación › Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Disposición adicional primera. Reservas de derechos.

Disposición adicional primera. Reservas de derechos.

Continuarán subsistentes la Reserva Nacional y las Reservas de las Comunidades Autónomas creadas en virtud del Real Decreto 196/2002, por el que se regula el establecimiento de reservas de derechos de plantación de viñedo.

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