Legislación › Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos de autorización de transferencias de derechos de replantación competencia del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos de autorización de transferencias de derechos de replantación competencia del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Los procedimientos de autorización de transferencias de derechos de replantación competencia del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto, se tramitarán, hasta su resolución, conforme a la normativa vigente cuando se iniciaron, siendo de aplicación lo establecido en el presente real decreto en materia de recursos.
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