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Legislación › Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia.

Artículo 43. Derechos y deberes de los usuarios de instalaciones juveniles.

Artículo 43. Derechos y deberes de los usuarios de instalaciones juveniles.

En todas las instalaciones juveniles existirá una Carta de Servicios, de fácil comprensión, que se ajustará a lo establecido reglamentariamente, y que al menos contendrá los derechos de los usuarios en relación con los servicios prestados.

Asimismo, se contará con un reglamento de funcionamiento que recoja los deberes de los usuarios.

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