Legislación › Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia.
Artículo 60. Infracciones graves.
Artículo 60. Infracciones graves.
Constituye infracción grave el incumplimiento de la obligación de confidencialidad respecto de datos personales, sociales y sanitarios de mujeres que obren en los expedientes tramitados en aplicación de lo establecido en el artículo 48 de la presente Ley.
Se modifica por el art. único de la Ley 3/2008, de 3 de julio. BOE-A-2011-2211
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de julio de 2008 En vigor | BOE-A-2011-2211 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 2007 | Texto original | Leer |


