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Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006.

Artículo 40. Regulación de las controversias.

Artículo 40. Regulación de las controversias.

1. Las Autoridades Competentes de ambas Partes Contratantes resolverán mediante negociaciones las diferencias de interpretación del presente Convenio y de su Acuerdo Administrativo.

2. En el caso de que las controversias no puedan resolverse conforme a lo establecido en el apartado anterior, se someterán a la decisión de una Comisión Mixta, constituida de mutuo acuerdo por las Autoridades Competentes.

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