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Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 15 de agosto de 2008 · Último cambio el 15 de agosto de 2008 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Instrumento de ratificación
- CONVENIO
- TÍTULO I
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Campo de aplicación material.
- Artículo 3. Campo de aplicación personal.
- Artículo 4. Igualdad de trato.
- Artículo 5. Totalización de periodos de seguro.
- Artículo 6. Prestaciones de carácter no contributivo.
- Artículo 7. Conservación de los derechos adquiridos y pago de prestaciones en el extranjero.
- TÍTULO II
- Artículo 8. Norma general.
- Artículo 9. Normas particulares y excepciones.
- Artículo 10. Excepciones a las normas previstas en los artículos 8 y 9.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO 1
- Artículo 11. Prestaciones de asistencia sanitaria en casos de estancia.
- Artículo 12. Prestaciones de asistencia sanitaria en los casos contemplados en el artículo 9.
- Artículo 13. Asistencia sanitaria para los miembros de la familia de los trabajadores.
- Artículo 14. Asistencia sanitaria para pensionistas y los miembros de sus familias.
- Artículo 15. Reembolso de los gastos de asistencia sanitaria.
- Artículo 16. Concesión de prótesis y grandes aparatos y tratamiento de rehabilitación.
- CAPÍTULO 2
- Artículo 17. Reconocimiento del derecho.
- CAPÍTULO 3
- Artículo 18. Determinación del derecho y cálculo de las prestaciones.
- Artículo 19. Cuantías debidas en virtud de periodos de seguro voluntario.
- Artículo 20. Períodos de seguro inferiores a un año.
- Artículo 21. Condiciones específicas para el reconocimiento del derecho a las prestaciones.
- Artículo 22. Aplicación de la legislación española.
- Artículo 23. Aplicación de la legislación rumana.
- Artículo 24. Cómputo de períodos de cotización en Regímenes Especiales o en determinadas profesiones.
- Artículo 25. Determinación del grado de incapacidad.
- CAPÍTULO 4
- Artículo 26. Reconocimiento del derecho.
- CAPÍTULO 5
- Artículo 27. Reconocimiento del derecho al subsidio.
- CAPÍTULO 6
- Artículo 28. Determinación del derecho.
- CAPÍTULO 7
- Artículo 29. Determinación del derecho a prestaciones.
- Artículo 30. Agravación de las consecuencias de un accidente de trabajo.
- Artículo 31. Enfermedad profesional.
- Artículo 32. Agravación de la enfermedad profesional.
- Artículo 33. Anteriores accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO 1
- Artículo 34. Atribuciones y obligaciones de las Autoridades Competentes.
- Artículo 35. Efectos de la presentación de documentos.
- Artículo 36. Actualización o revalorización de las prestaciones.
- Artículo 37. Exenciones en actos y documentos administrativos.
- Artículo 38. Ayuda administrativa entre Instituciones.
- Artículo 39. Modalidades y garantía del pago de las prestaciones.
- Artículo 40. Regulación de las controversias.
- CAPÍTULO 2
- Artículo 41. Hechos causantes anteriores a la vigencia del Convenio.
- Artículo 42. Cómputo de periodos anteriores a la vigencia del Convenio.
- CAPÍTULO 3
- Artículo 43. Ratificación y entrada en vigor.
- Artículo 44. Vigencia del Convenio.
- Firma


