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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos

Disposición final primera. Titulo competencial.

Disposición final primera. Titulo competencial.

1. Este real decreto legislativo tiene el carácter de legislación básica de protección del medio ambiente al amparo de lo dispuesto en el artículo149.1.23.ª de la Constitución.

2. No son básicos y sólo serán de aplicación a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos los siguientes preceptos:

a) los apartados 1 y 3 del artículo 4,

b) el artículo 5.2,

c) el artículo 6.2,

d) el artículo 7 apartados 3 y 4,

e) el artículo 8.3,

f) el párrafo tercero del artículo 9.1,

g) las referencias a los proyectos de competencia de la Administración General del Estado contenidos en el artículo 9.2 apartados a) y c),

h) el artículo 10.2,

i) los párrafos segundo y tercero del artículo 12.2,

j) el párrafo segundo del artículo 12.3,

k) el párrafo segundo del artículo 14.1,

l) los párrafos segundo y tercero del artículo 14.2,

m) el artículo 15.3,

n) el artículo 16.2,

o) el artículo 17.1, último párrafo,

p) el artículo 19.2,

q) el artículo 22,

r) la disposición adicional tercera,

s) los apartados 2 y 3 de la disposición adicional cuarta,

t) la disposición adicional sexta,

u) el párrafo segundo del apartado 1 de la disposición final segunda.

Se modifica el apartado 2 por el artículo único.13 de la Ley 6/2010, de 24 de marzo. BOE-A-2010-4908

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-4908 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 Texto original Leer

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