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Legislación › Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia.

Artículo 8. Instrumentos.

Artículo 8. Instrumentos.

Se establecen los siguientes instrumentos para su desarrollo y aplicación en cuanto a asegurar una idónea protección, gestión y ordenación de los paisajes de Galicia:

1. Catálogos del paisaje de Galicia.

2. Directrices de paisaje.

3. Estudios de impacto e integración paisajística.

4. Planes de acción del paisaje.

Se modifica el punto 4 por el art. 11.1 de la Ley 7/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-1849

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1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1849 Leer Qué cambió
18 de agosto de 2008 Texto original Leer

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