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Legislación › Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.

Disposición transitoria tercera. Régimen de actuación de las empresas de inspección autorizadas.

Disposición transitoria tercera. Régimen de actuación de las empresas de inspección autorizadas.

Las empresas de inspección autorizadas para actuar en algunos ámbitos de determinados reglamentos técnicos de seguridad de instalaciones industriales y que no correspondan a los operadores de la inspección regulados por la presente ley pueden continuar prestando los servicios de inspección para los cuales han sido autorizadas hasta que se dicten las disposiciones necesarias para la adaptación del desarrollo reglamentario de la presente ley.

Se modifica por el art. 73 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-547.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-547 Leer Qué cambió
9 de agosto de 2008 Texto original Leer

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